Cada vez que llega la temporada de comuniones, y mayo lo es, Hacienda agudiza sus controles y advierte con claridad sobre el dinero que se suele recibir como regalo para esa celebración señalada, al igual que en otro tipo de celebraciones como bodas y bautizos: exist una norma que regula las transferencias de dinero entre familiares, la Ley 29/1987 del Impuesto de Sucesiones y Donaciones, considerada «adquisiciones de bienes y derechos por donación o cualquier otro negocio jurídico a título gratuito entre intervivos», que contempla posibles sanciones por parte del fisco de superar cierta cantidad.
Este dinero que se entrega sin justificar su procedencia y pasa por una cuenta bancaria puede caer en el radar de la Agencia Tributaria, que tendrá hasta cuatro años para preguntar de dónde proviene.
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Estos regalos en dinero tributan por el Impuesto de Sucesiones y Donacionesdefinido por cada comunidad autónoma y según la cuantía del dinero y el grado de parentesco del donante.
Hacienda advierte de que el límite real de transferencias entre familiares o amigosen las que incluirían los regalos del tipo de celebraciones ya citado, no puede superar los 6.000 €estando los bancos obligados a informar a la Agencia Tributaria cuando un movimiento supere esa cantidad, con el objectivo de perseguir supuestos fraudes y según la Ley de Blanqueo de Capitales.