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Sancionador conveniente | CNMC expide a Telefónica por el acuerdo con Dazn sur la Fórmula 1

Sancionador conveniente |  CNMC expide a Telefónica por el acuerdo con Dazn sur la Fórmula 1

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ha incoado un expediente sancionador (SNC/DC/010/23) contra telefonica de España SAU por el acuerdo alcanzado con Dazn relativo a los derechos exclusivos de la Fórmula 1 de las temporadas 2021, 2022 y 2023.

esta resolución forma parte de la labor de vigilancia para verificar que Telefónica cumple con los compromisos y las obligaciones asumidas por compañía para preservar la competencia en los mercados afectados por esta operación de concentración.

Competencia investiga si el operador habría incumplido los compromisos qu’adquirió cuando compró DTS (antigua Sogecable) en 2015 considera que la oferta mayorista de canales propios ‘premium’ debía realizarse en condiciones «equitativas, razonables, objetivas, transparentes y no discriminatorias».

En nota de prensa, la CNMC dejó constancia de que 22 de abril de 2015 autoriza operación de concentraciónen el entendido de que Telefónica completará una serie de compromisos que se prorrogarán por un período adicional de tres años para la resolución del 9 de julio de 2020.

Telefónica se compromete a la disponibilidad de otros operadores de televisión en España para ofrecer canales mayoristas de ‘premium’ propios en condiciones justas, razonables, transparentes, transparentes y sin discriminación, no hay adquisición o explotación de fuentes exclusivas de transmisión o explotación en España de canales de televisión editados para terceros.

En julio de 2021, la CNMC declaró indicios de incumplimiento por el acuerdo entre Telefónica y Día de fecha 7 de enero de 2021 en el que la operadora sublicenciaba a Día los derechos de emisión en exclusiva (previamente adquiridos por Telefónica en exclusiva) de lacomo una competencia Fórmula 1 para las temporadas 2021, 2022 y 2023.

Telefónica y Dazn acordaron las condiciones en que la second permitía al grupo presidido por José María Álvarez-Pallete un acceso no exclusivo a los contenidos de Dazn, y establecía las limitaciones a que terceros adquirieran estos derechos.

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El contrato también determina cómo se informatizan y contratan los clientes de los paquetes de Telefónica que acceden a los contenidos de Dazn prime).

Según la CNMC, la incoación de este expediente no prejuzga el resultado final de la investigación y se abre ahora un plazo máximo de tres meses para la instrucción del expediente y para su resolución por la CNMC.

Por Alejandro Salas

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