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Tribunal Supremo | El Supremo fija una indemnización del 5 por ciento del precio del camión para los afectados del cartel

Tribunal Supremo |  El Supremo fija una indemnización del 5 por ciento del precio del camión para los afectados del cartel

El Tribunal Supremo declaró correcto el porche del 5 por ciento fijado inicialmente para indemnizar el sobreprecio en el comprar un camión que obtendrán los afectados por el acuerdo entre cinco grandes fabricantes que modificó infló el costo de los vehículos entre 1997 y 2011. La decisión, de gran trascendencia económica, es la primera que adoptó un alto tribunal de un estado de la UEy ha venido a tragar las primeras sentencias dictadas por las audiencias provinciales que otorgaron estas compensaciones.

Las sentencias conocidas este jueves Rechazan los recursos presentados por las empresas MAN, DAF, Iveco, Daimler Mercedes y Volvo/Renault apreciar la existencia de perjuicio a los compradores a pesar de la «insuficiencia del informe pericial para probar la cuantía del daño». La mala calidad de las pruebas periciales fue el argumento principal para solicitar al Supremo la anulación de las sentencias, aunque sus pretensiones han caído en saco roto.

Pacto para repartir el mercado

A la vista de esta sentencia del Supremo, las indemnizaciones responden a las características del propio cartel: una duración de 14 años, la extensión geográfica de todo el Espacio Económico Europeo (EEE) y una zona comercial del 90 por ciento; a lo que se suma dar por probado el acuerdo entre las empresas para repartirse el mercado.

Refrenda así la decisión del Comisión Europea de imponer sanciones millonarias a estas manufacturas el 19 de julio de 2016, cuando declaró que el pacto entre estas marcas no fue mero intercambio de información, sino que tuvo por objecto «la fijación de precios e incrementos de precios brutos en el Espacio European Economy «.

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Las tres vistas sobre este asunto en el Tribunal Supremo se celebraron el pasado 10 de mayo ante su Sala de lo Civil, cuyos magistrados pudieron escuchar, de un lado, los alegatos de los abogados de las compañías -defendidos por grandes bufetes- y de otro los argumentos por parte de la representación letrada de algunas empresas de transporte y transportistas particulares, casi todos los despachos pequeños. Algunos asistentes señalaron que tratado con David contra Goliat.

Hasta el momento, en España se habían sancionado carteles nacionales por vulneración de la jurisdicción en la jurisdicción contencioso-administrativa. El caso de los camiones, sin embargo, el asunto ha correspondido a la Sala Primera del alto tribunal como consecuencia una directiva europea que reconoció la responsabilidad civil a efectos de reparar el dano causado cuando se ha producido una situación de cártelpor lo que miles de transportistas presentaron reclamaciones en los juzgados de lo Mercantil que son los que terminaron ante el Supremo.

Por Alejandro Salas

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