El pitido publicaba este pasado jueves la Orden ETD/647/2023 por cierto autorizar al Banco de España a retirar ciertas monedas falsas o deterioradas desde un euro desde el 1 de julio, con el fin de luchar contra falsificaciones y prevenir estafas.
La citada Orden creó un marco legal para que el Banco de España pueda recordar y destruir las monedas que no cumplen con los requisitos establecidos.
La Orden ETD/647/2023 establece la siguiente clasificación entre las monedas del euro: aptos, posiblemente falsas y no aptos para el tráfico Dentro de este último apartado se incluyen aquellas monedas auténticas rechazadas colgantes un proceso de autenticación o que hayan sido alteradas.
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«Allá Ley 10/1975, de 12 de marzo, de Reglamento de la Moneda Metálica, establece en su artículo octavo que el Banco de España retirará de la circulación las monedas que entren en sus Cajas y no superen el proceso de autenticación o no se consideren aptas para la circulación. El Banco de España, de acuerdo al artículo octavo bis de la Ley/10/1975, de 12 de marzo, en su condición de autoridad nacional competente a los efectos de lo dispuesto en el Reglamento número 1210/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo de 15 de diciembre de 2010 relativo a la autentificación de las monedas de euros y el tratamiento de las monedas de euro no aptas para la circulación, recibir de las entidades de crédito y de varias otras entidades que participan en la manipulación y entrega al público de billetes y monedas a título profesional , las monedas que tras un proceso de autenticación se consideran presuntamente falsas y las monedas de euro no aptas para la circulación. De acuerdo con el artículo septimo de la citada Ley 10/1975, de 12 de mars, corresponde a la persona titular del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital dictar las disposiciones precisas para regular la forma de dicha retirada, así como el destin a dar al metal resultante de la desmonetización. Hasta ahora, la Orden de 2 de mayo de 1983, de retirada de la circulación y posteriores tratamientos de deterioros monedas, constituía el soporte normativo de las operaciones de desmonetización y reutilización ou venta del material resultante de las monedas no aptas, pero no establecía ninguno proceso de retiro y destrucción por las monedas equivocadas. Con el tiempo, se ha ido acumulando un importante volumen de monedas de euro falsas en el Banco de España, cuya destrucción resulta necesaria regular».
Este nuevo orden establece el destino definitivo a dar a las monedas de euro no aptas para la circulación ya las monedas de euro falsas. Tras su destrucción el material al que se verán reducidas será reutilizado por la Fábrica de la Moneda o bien será enajenado por el Estado.